Patrimonial, procedimiento abierto, lote único, publicada el 1 oct 2026
Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, Pontevedra
Qué se contrata. La Autoridad Portuaria vende un edificio de su propiedad que ya no necesita. Tiene dos plantas, baja y primera, de uso oficina y unos 32 m2 cada una, 64 m2 en total. No hace falta certificado de eficiencia energética porque requiere una reforma importante. El inmueble no está en litigio ni tiene cargas según la nota simple. Las condiciones urbanísticas deben consultarse en el Ayuntamiento de Marín. (pliego técnico, p. 1 y 2)
Dónde y cuándo. El edificio está en la avenida de Ourense, 86, de Marín (Pontevedra). Las ofertas en sobre cerrado se entregan en el registro de la Autoridad Portuaria, en el Parque de Cantodarea, o por la Plataforma de Contratación, en 30 días naturales desde el anuncio en el BOE. La subasta es un acto público en la sede, diez días hábiles después de cerrar el plazo. Se puede visitar el inmueble pidiéndolo por correo en los 10 primeros días del plazo. (pliego técnico, p. 4 y 7)
Qué exigen. Puede participar cualquier persona o empresa con capacidad para comprar según el Código Civil, salvo quien esté en concurso, sea insolvente o esté inhabilitado. Hay que depositar una garantía del 5 % del precio de salida, 3.064,80 €, en cualquier forma admitida en contratación pública, y firmar una declaración responsable. Cada interesado solo puede presentar una oferta y no se admiten ofertas para ceder a terceros. (pliego técnico, p. 2 y 4)
Cómo se puntúa. Solo cuenta el precio: la oferta económica vale 100 puntos. En el acto se puja a mano alzada en tramos de 2.000 € a partir del precio de salida y después se abren los sobres. Si un sobre supera la puja más alta, se abre otra ronda; si la iguala y nadie mejora, gana el sobre. Gana la postura más alta. (pliego técnico, p. 5)
A tener en cuenta. Quien gane debe pagar el precio en un mes desde que se le notifique; si renuncia o no paga, pierde la garantía. La venta se firma en escritura pública y el comprador paga todos los gastos de la subasta y de la venta, inscribe el edificio en el Registro y en el Catastro, y puede tener que pagar su parte del IBI del año. No se admiten reclamaciones por superficie o estado. Si la subasta queda desierta, se podrá vender directamente. (pliego técnico, p. 6 y 7)
Quién ganó cada uno, con qué baja y cuántas ofertas hubo.